La noticia de este fin de semana ha sido, sin duda, que el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha anulado todos los aranceles que Donald Trump impuso desde el llamado “día de la liberación”. El motivo: falta de base legal suficiente. En la práctica, esto deja en el aire muchos de los acuerdos anunciados a lo largo de 2025 y desactiva, al menos por ahora, la principal herramienta que Trump había utilizado para presionar en la guerra comercial que él mismo inició.
Ahora bien, sería ingenuo pensar que Trump se va a quedar de brazos cruzados. La sentencia se publicó el viernes y ese mismo día anunció un arancel global temporal del 10% durante 150 días. Apenas 24 horas después, el sábado, elevó ese arancel al 15%.
¿Cómo es posible que el Supremo declare ilegales los aranceles y el presidente imponga otros nuevos? La clave está en el detalle. El tribunal no ha dicho que los aranceles sean ilegales en sí, sino que lo eran por la forma en que fueron impuestos.
Trump utilizó en su momento la IEEPA, la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. Esta norma permite al presidente adoptar medidas económicas extraordinarias si declara una emergencia nacional. El problema es que el Supremo ha considerado que esa ley no otorga de manera clara la facultad de imponer aranceles globales de tal magnitud. Una decisión con ese impacto, señalaron los jueces, requiere una autorización expresa del Congreso, que no existió.
La reacción de Trump fue la esperada: críticas duras al Supremo y a varios magistrados, calificando el fallo de “ridículo” y diciendo sentirse “avergonzado”. Sin embargo, acató la sentencia, retiró los aranceles anulados y los sustituyó por otros apoyándose en una base legal distinta.
La gran pregunta ahora es si podrá seguir usando los aranceles como arma de presión. De momento, existen otras vías. La elegida ha sido la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que permite imponer aranceles temporales durante un máximo de 150 días. También está la Sección 301, más sólida porque no tiene ese límite temporal, pero exige un proceso más largo y una justificación más detallada, lo que la hace más vulnerable a futuras impugnaciones.
Lo que sí parece claro es que ya no podrá imponer aranceles globales e indefinidos como hizo bajo la IEEPA. No se ha eliminado por completo su capacidad de maniobra, pero sí se ha reducido de forma notable. Su margen de actuación ahora es más estrecho y menos inmediato.
Queda, además, una cuestión importante por resolver: cómo se devolverán los aranceles ya cobrados. Según una estimación de Penn Wharton, podrían superar los 175.000 millones de dólares. La decisión corresponde ahora al Tribunal de Comercio Internacional, que podría tardar semanas, meses o incluso años en pronunciarse. Por tanto, no parece que vaya a haber devoluciones inmediatas.
Los mercados han reaccionado con cierto optimismo. Se interpreta que habrá más estabilidad y previsibilidad, ya que el presidente no podrá adoptar medidas tan drásticas de un día para otro. Aun así, el impacto fiscal es relevante: el viernes el dólar cayó y los tipos de interés repuntaron. Hoy los tipos se mantienen planos, el dólar sigue débil y las bolsas han abierto con los futuros a la baja.
